Top Asesorías > Blog > ¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?
La campaña de la declaración de la renta de este año, que comienza el 3 de abril, introduce cambios significativos en las obligaciones de declaración, especialmente para quienes tienen ingresos bajos y múltiples fuentes de ingreso, así como para todos los autónomos. A continuación, exploramos en detalle estos ajustes y otros criterios relevantes.
Anteriormente, se requería declarar si los ingresos brutos anuales superaban los 14,000 euros cuando se recibían de más de un pagador. Ahora, este límite se ha elevado a 15,000 euros. Esto es particularmente relevante para quienes reciben ingresos de distintas fuentes, modificando así la manera en que se calcula la obligación de declarar.
La regla general permanece: si un empleado trabaja para un solo empleador y gana más de 22,000 euros brutos al año, debe declarar. Sin embargo, si los ingresos provienen de más de un pagador, la obligación de declarar surge cuando los ingresos totales superan los 15,000 euros. Hay una excepción importante: si la suma de los ingresos de los pagadores secundarios no excede de 1,500 euros, el umbral para declarar vuelve a ser 22,000 euros, como si se tuviera un solo pagador.
Es importante tener en cuenta otras situaciones menos comunes que también ajustan este umbral a 15,000 euros. Esto ocurre, por ejemplo, cuando el pagador principal no está obligado a retener el IRPF, como en casos de empleadores extranjeros, o cuando se reciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
En lo que respecta a los trabajadores por cuenta propia, la campaña de este año establece que todos los autónomos deben presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos. Esto representa un cambio respecto a las normas anteriores que permitían algunas excepciones. Además, los "familiares colaboradores" de los autónomos también están incluidos en esta obligación.
Además, hay una mejora en los beneficios fiscales para autónomos: la deducción de gastos de difícil justificación se ha incrementado al 7%, lo que representa un aumento de dos puntos porcentuales respecto al año anterior.
Recuerda:
Todos estos datos son referentes a los ingresos obtenidos en el año 2023, ya que la declaración de renta se realiza siempre sobre los ingresos del año anterior.
Estas actualizaciones buscan adaptar la legislación fiscal a las realidades económicas actuales y asegurar que todos contribuyan de manera justa según sus capacidades económicas.
La campaña de la declaración de la renta de este año introduce criterios importantes sobre quién debe presentarla, especialmente para aquellos con ingresos adicionales a su salario. Para ganancias como las obtenidas de acciones, existe un límite de 1,000 euros para las ganancias y de 500 euros para las pérdidas para estar obligado a declarar.
La Agencia Tributaria destaca que cualquier persona que supere los 1,000 euros en ganancias totales, ya sean de Letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de vivienda, rentas de alquiler o rendimientos del capital, debe hacer la declaración.
Independientemente de los ingresos obtenidos el año pasado, recibir el ingreso mínimo vital obliga a hacerr la declaración de forma conjunta para todos los miembros de la unidad familiar. Este ingreso es exento de IRPF, pero su declaración es crucial para continuar recibiendo el beneficio el próximo año.
Aunque no estés obligado legalmente, podrías beneficiarte al presentar la declaración. Esto aplica si, por ejemplo, en tu trabajo te retienen más IRPF del necesario, y por lo tanto, podrías recibir una devolución. Además, declarar permite acceder a deducciones estatales o autonómicas que podrían ser significativas.
Si estás obligado a declarar y no lo haces antes del plazo del 1 de julio de 2024, enfrentarás un recargo del 1%, con un 1% adicional por cada mes de retraso, y un 15% si pasa un año. Además, podrían imponerse sanciones de hasta el 150% sobre lo que se debía ingresar y multas fijas si la declaración resulta a devolver.
Si tienes dudas sobre si alcanzas los límites que obligan a declarar, puedes revisar tus datos fiscales directamente en la web de la Agencia Tributaria desde el 3 de abril. Es necesario identificarse con DNI electrónico, Cl@ve o el número de referencia para acceder a esta información y al borrador de la declaración.