Top Asesorías > Blog > Modelo 303: qué es y cuándo presentarlo
El Modelo 303 es el formulario oficial para la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este documento es fundamental para los autónomos y empresas, ya que a través de él se realiza el pago fraccionado del IVA. En esencia, consiste en reportar a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en las facturas de gastos durante el trimestre.
En términos más simples, es la cantidad de IVA que has cobrado a tus clientes menos el IVA que has pagado a tus proveedores en el mismo periodo.
El formulario del Modelo 303 está estructurado en 8 secciones y contiene más de 80 casillas. Aunque esto pueda parecer intimidante, muchas de estas casillas suelen quedarse vacías y, en realidad, el formulario es más sencillo de rellenar de lo que inicialmente podría parecer.
Para aquellos menos familiarizados con el IVA y su funcionamiento, es recomendable consultar información preliminar sobre qué es el IVA, los diferentes tipos de IVA y cómo operan regímenes especiales como el recargo de equivalencia o el IVA simplificado. Este conocimiento previo facilitará enormemente la comprensión y correcta cumplimentación del Modelo 303.
El Modelo 303 debe ser presentado por cualquier profesional o empresario que realice una actividad económica sujeta a IVA. Esto aplica sin importar la forma jurídica de la entidad (ya sea sociedad, autónomo, asociación, cooperativa o sociedad civil) y el resultado de la declaración (ya sea a pagar, a cero, negativa para compensar o a devolver).
Están también incluidos en esta obligación los arrendadores de inmuebles y los promotores inmobiliarios. Sin embargo, existen excepciones significativas para ciertas actividades que están exentas de IVA, como los servicios médicos, sanitarios, psicológicos, y de educación y formación. Quienes realizan estas actividades no necesitan presentar el Modelo 303, ya que no repercuten IVA en sus facturas a clientes y el IVA soportado en sus gastos no se declara en este modelo sino que se trata como un mayor gasto en las declaraciones de IRPF.
El Modelo 303 se presenta de forma trimestral según el siguiente calendario fiscal:
Para declaraciones online con resultado a pagar y que se domicilian en cuenta corriente (lo cual es común), el plazo se reduce en cinco días, por lo que las fechas límite serían el 15 de abril, julio y octubre, y el 25 de enero respectivamente.
Estos plazos se aplican a días hábiles. Si el último día del periodo cae en día festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil disponible.
Ahora que ya sabes qué es el Modelo 303, quién debe presentarlo y cuándo se presenta, vamos a ver cómo se rellena. Aunque puedes hacerlo por ti mismo, dada la complejidad de este formulario, es recomendable contar con el apoyo de una asesoría especializada en autónomos.
Dejar los asuntos fiscales en manos de expertos puede ahorrarte errores y sanciones. Pero, si decides hacerlo por tu cuenta, aquí te explicamos cómo proceder:
Acceso y herramientas necesarias
Primero, accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Puedes completar y presentar el modelo 303 de forma telemática utilizando Cl@ve PIN o un certificado electrónico reconocido, siendo este último muy útil para múltiples trámites administrativos.
Secciones 1 y 2 - Identificación y devengo
En estas primeras secciones, introduce tus datos personales o de empresa, DNI o CIF, el año fiscal y el período que estás declarando (1T, 2T, 3T o 4T). Luego, responderás a preguntas sobre tu situación fiscal: si estás en régimen simplificado, si estás en concurso de acreedores, si formas parte del registro de devolución mensual (REDEME) o del régimen de caja. Simplemente marca sí o no según tu situación.
Sección 3 - Liquidación
Aquí se encuentra el núcleo del formulario donde debes detallar el IVA devengado (el IVA que has cobrado a tus clientes) y el IVA deducible (el IVA que has pagado a tus proveedores). Recuerda, no todo el IVA pagado es deducible, y deberás aplicar el porcentaje correcto de deducción en cada caso.
IVA Devengado (Casillas de la [1] a la [9]): Si manejas diferentes tipos de IVA para tus productos o servicios, asigna una fila para cada uno. En la primera columna, anota la base imponible, en la segunda el porcentaje de IVA aplicable (4%, 10% o 21%), y en la tercera, el total de IVA cobrado. Si todos tus productos o servicios llevan el mismo IVA, solo tendrás que completar una fila.
El formulario electrónico facilita este proceso porque automáticamente calcula el total de IVA una vez que introduces la base imponible.
Casillas [10] y [11]: Operaciones Intracomunitarias Si no posees un CIF intracomunitario, puedes omitir este apartado. De lo contrario, en la casilla [10], debes indicar la base imponible de tus gastos dentro de la Unión Europea. En la casilla [11], registra el IVA correspondiente al 21%.
Casillas [12] y [13]: Operaciones con Inversión del Sujeto Pasivo Este tipo de operaciones son excepcionales y no incluyen IVA en la factura; en cambio, el receptor debe autoliquidar el impuesto. En la casilla [12], incluye la base imponible y en la [13], el IVA del 21%. Recuerda que este IVA es deducible y debe ser añadido en las casillas [28] y [29].
Casillas [14] y [15]: Modificación de Bases y Cuotas Si has realizado ajustes como facturas rectificativas, impagos o devoluciones durante el trimestre, señálalos aquí. En la [14], añade la base imponible ajustada y en la [15], la cuota de IVA correspondiente, usando el signo adecuado para cada situación (positivo o negativo).
Casillas de la [16] a la [26]: Recargo de Equivalencia y Modificaciones Si atiendes a clientes en el régimen de recargo de equivalencia, debes cumplimentar estas casillas. Por ejemplo, para facturas con un 21% de IVA, el recargo es del 5,2%. La aplicación calculará automáticamente la cuota una vez establecido el porcentaje. Las modificaciones en este apartado se indican en las casillas [25] y [26].
Casilla [27]: Total de la Cuota Devengada Suma automáticamente todas las cuotas de IVA devengadas, facilitando el proceso sin necesidad de cálculos manuales.
Casillas [28] y [29]: Cuotas Soportadas en Operaciones Interiores Corrientes Indica la base imponible y la cuota de IVA de tus compras corrientes, considerando qué gastos son efectivamente deducibles.
Casillas [30] y [31]: Cuotas Soportadas en Operaciones Interiores con Bienes de Inversión Similar al caso anterior, pero referido a activos de larga duración como maquinaria.
Casillas de la [32] a la [35]: Cuotas Soportadas en Importaciones Registra aquí las compras extracomunitarias, diferenciando entre bienes corrientes y de inversión.
Casillas de la [36] a la [39]: Adquisiciones Intracomunitarias Si tienes un CIF intracomunitario, utiliza la casilla [36] para gastos corrientes y la [38] para bienes de inversión, registrando en [37] y [39] la cuota de IVA del 21%.
Casillas [40] y [41]: Rectificación de Deducciones Este nuevo apartado permite corregir errores previos en tu declaración.
Casilla [42]: Compensaciones Régimen Especial A.G. y P. Completa esta casilla si estás en el régimen especial de agricultura y pesca, indicando las compensaciones recibidas.
Casillas [43] y [44]: Regularización de Bienes de Inversión La casilla [43] se usa para declarar inversiones previas al inicio de actividades. La [44] se utiliza solo en el cuarto trimestre para ajustar la prorrata final del IVA.
Casilla [45]: Total a Deducir Calcula automáticamente el total de IVA deducible.
Casilla [46]: Resultado del Régimen General Representa la diferencia entre el IVA devengado y el deducible. Un resultado positivo indica que debes pagar a Hacienda; un resultado negativo muestra un exceso en tus pagos.
Casillas de la [47] a la [58]: Régimen Simplificado de IVA Si trabajas bajo régimen general, estos campos no aplican. El régimen simplificado afecta principalmente a autónomos en estimación objetiva, simplificando la declaración de IVA deducible y añadiendo un 1% por gastos de difícil justificación.
Casilla [64]: Refleja el resultado de la declaración del IVA. Un resultado positivo indica que debes realizar un pago a Hacienda.
Casillas [65] y [66]: Si realizas operaciones tanto en la Administración del Estado como en los territorios forales de Navarra o País Vasco, indica en la casilla [65] el porcentaje de operaciones realizadas en territorio común. La casilla [66] mostrará el importe resultante.
Casilla [110]: Registra las cuotas a compensar de períodos anteriores pendientes, mostrándose con signo positivo. Si tributas en varias administraciones, esta casilla reflejará exclusivamente el saldo a compensar ante la Administración del Estado.
Casilla [78]: Muestra el importe de las cuotas a compensar de períodos anteriores que se aplican en el período actual de la declaración.
Casilla [87]: Indica las cuotas a compensar de períodos anteriores que quedan pendientes para futuros períodos. El importe aquí debe coincidir con la diferencia entre las casillas [110] y [78].
Casilla [69]: Ofrece un resumen del resultado de la declaración.
Casilla [70]: Se completa únicamente si estás realizando una declaración complementaria.
Casilla [71]: Muestra el resultado final de la declaración.
Sección 4: Compensación Si el resultado en la casilla [71] es negativo, indica este importe para que Hacienda lo compense en el siguiente trimestre.
Sección 5: Sin Actividad Si no has tenido actividad económica durante el trimestre, marca esta opción. Debes presentar el modelo 303 aunque no haya actividad registrada.
Sección 6: Devolución Si el resultado es negativo y corresponde al último trimestre del año, puedes solicitar la devolución del importe a tu cuenta bancaria.
Sección 7: Ingreso Anota el número de cuenta bancaria donde deseas que Hacienda efectúe el cobro del IVA.
Sección 8: Complementaria Utiliza esta sección si necesitas realizar una declaración complementaria. Marca la opción correspondiente y asegúrate de adjuntar el justificante de la autoliquidación anterior.